En Pocas Palabras
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Sí, a la consulta popular para enjuiciar a “expresidentes”

Teresa E. Hernández-Bolaños

Mientras el INE (Instituto Nacional Electoral) recibe aplausos por su trabajo en las recientes elecciones intermedias en México, donde se eligieron a 21, 368 funcionarios públicos. El INE recibió el pasado miércoles 9 la negativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a la controversia constitucional promovida por el INE en contra de los decretos emitidos por el ejecutivo, para la consulta popular que presuntamente permitiría enjuiciar a expresidentes; lo que significa que la consulta promovida por el ejecutivo sí se realizará el próximo 1 de agosto, como lo señala el Decreto DOF: 28/10/2020 publicado en el Diario Oficial de la Federación, con la pregunta redactada y aprobada por la SCJN.

Recordemos que el presidente Andrés Manuel López Obrador promovió una consulta popular para que los ciudadanos respondieran a la pregunta, que en su versión original decía: “Estás de acuerdo o no con que las autoridades competentes, con apego a las leyes y procedimientos aplicables, investiguen, y en su caso sancionen, la presunta comisión de delito por parte de los expresidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto antes, durante y después de sus respectivas gestiones?”

Por lo que emitió un decreto publicado el 28 de octubre del 2020, y un segundo decreto el 19 de noviembre del 2020, para reformar el artículo transitorio primero, del anterior. El Decreto publicado el 28 de octubre “por el que se expide la Convocatoria de Consulta Popular” convoca: <<a las y los ciudadanos de la República mexicana para que emitan su opinión en el proceso de CONSULTA POPULAR sobre “las acciones para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos”, la cual se llevará a cabo el domingo 1 de agosto de 2021…>>.

Por otro lado, el decreto encarga el proceso, organización, desarrollo y difusión de la Consulta Popular al INE, así como, lo declara como el órgano superior de dirección y única instancia calificadora. El segundo decreto “por el que se reforma el Artículo Primero Transitorio del Decreto por el que se expide la Convocatoria de Consulta Popular, publicada el 28 de octubre del 2020”, sólo ajusta el transitorio señalando: << El presente Decreto y la Convocatoria de Consulta Popular que se expide entrarán en vigor el jueves 15 de julio de 2021, sin perjuicio de que el Instituto Nacional Electoral ejecute las acciones preparatorias necesarias para realizar la jornada de consulta popular>>.

En el decreto publicado en el Diario Oficial del 28 de octubre del 2020, se señala como única pregunta de la consulta la siguiente: “¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas? Esta pregunta fue el resultado de la modificación que hiciera la Suprema Corte, quien declaró constitucional la consulta, pero apostó por una pregunta genérica, ambigua y poco precisa, que fue la que se plasmó en el decreto.

 Aun cuando el decreto fue publicado desde el año pasado, y se podría pensar que sería ejecutado por parte del INE, lo cierto es que el INE en diciembre del año pasado promovió una controversia constitucional ante la SCJN, ya que fue ésta quien redactó y aprobó la pregunta y la consulta. Aunado a ello, el pasado 22 de abril el INE comunicó haber aplazado el inicio de la organización de la consulta, debido a que no recibió los más de mil millones de pesos de la Secretaría de Hacienda, los recursos extras que solicitó.

El pasado miércoles 9 de junio llegó la respuesta de la SCJN a la controversia emitida por el INE, quien la declaró como infundada. Por unanimidad la Primera Sala de la Suprema Corte aprobó el proyecto y reconoce la validez de ambos decretos. Con esta respuesta la SCJN libera el obstáculo que impedía su ejecución, por lo que la consulta va y será ejecutada este próximo 1 de agosto; según la propia Suprema Corte, sólo queda pendiente de dónde saldrán los recursos, cuya posibilidad de que salgan del propio presupuesto de este año del Instituto es alta. ¿Ud. qué opina?, ¿Ud. votará en la consulta?