En Pocas Palabras
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México vuelve a las urnas el 1 de agosto con y a pesar del INE

Foto: Brigada Roja Morena.

Teresa E. Hernández-Bolaños

A días de que México celebre por primera vez una Consulta Popular, es preciso señalar que los mexicanos tenemos el derecho, como lo señala el artículo 35 de la Constitución, párrafo VIII a “votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional o regional”, un derecho que fue establecido en la reforma constitucional del artículo 35 en 2012, y 2019 y en la Ley Federal de Consulta Popular del 2014 y reformada en mayo del 2021. Esta consulta es un derecho constitucional, que el INE (Instituto Nacional Electoral), no parece tener claro.

La Consulta Popular es un ejercicio democrático, en donde la ciudadanía vota directamente y su voto es vinculante (el resultado deberá ser ejecutado por el gobierno), lo que le permite, sin intermediarios (representantes) intervenir directamente en los asuntos públicos. Es un ejercicio de democracia directa, que consiste en formular una pregunta, que puede ser de política pública, norma jurídica, ley, acción del gobierno, etc., que la ciudadanía aprueba o rechaza.

Este 1 de agosto, el INE, como lo marca la ley, está obligado a llevar acabo la consulta, estableciendo un mecanismo similar a las elecciones federales o locales. Este ejercicio ha sido muy controversial, desde el propio INE. Recordemos que el INE interpuso una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de los decretos emitidos por el ejecutivo después de la aprobación de la consulta en el Congreso, el Decreto DOF: 28/10/2020 y el DOF: 19/11/2020, misma que no fue aprobada por la Suprema Corte. El INE recibió una negativa a su controversia el 9 de junio del 2021, en la que se le ratificó no sólo la constitucionalidad de la consulta, sino la pregunta, redactada por la propia Suprema Corte, éste sería el primer “golpe” que recibió el INE a su negativa de realizar la consulta para enjuiciar a expresidentes.

El segundo “golpe”, llegaría cuando ni el Congreso ni la Secretaría de Hacienda aprobaron presupuesto adicional para la consulta. El INE había solicitado 1,500 millones de pesos adicionales al Congreso, para instalar el mismo número de casillas que en las elecciones del 6 de junio, 163 mil casillas receptoras; ante la negativa del Congreso, solicitó a la Secretaría de Hacienda una ampliación presupuestal de 890 millones de pesos para instalar ahora 101 mil casillas receptoras, pero también se negó el presupuesto, con lo que la acción de inconstitucionalidad promovida por el INE contra el Congreso, también fue negada por la Suprema Corte, quien señaló que no había obligación constitucional ni legal del Congreso para aprobar un presupuesto adicional. Esta resolución llevó al INE a notificar que atrasaría la organización de la consulta, para muchos, este señalamiento no fue más que una represalia por parte del INE al ser obligado a realizar la consulta sin presupuesto adicional.

Lo que sí podemos asegurar es que el INE trató de evitar la consulta, apenas este 7 de julio publicó las condiciones de la consulta en su página. Será hasta el 15 de julio cuando comenzará la difusión de la consulta. Y si bien ha publicado en su página una numeralia[1] con los detalles de la consulta, aún no podemos saber en qué casilla receptora votaremos y la dirección de misma. Es importante saber que el INE redujo el número de casillas y aumentó el número de papeletas por casilla. Este 1 de agosto sólo habrá 57,138 casillas receptoras en todo el país, en cada una habrá 2 mil papeletas de votación (el 6 de junio hubo 163 mil casillas de 750 papeletas cada una), para más de 93 millones de electores.

Si el 40% de los electores participa, el resultado es vinculante, 37.5 millones de electores mínimo deben responder la pregunta: “¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?

[1] https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/121339/Numeralia-CP2021.pdf