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En la Corte les faltó un voto para admitir la inconstitucionalidad de la reforma judicial

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El ministro Alberto Pérez Dayán recordó que la Corte ya había resuelto acciones de inconstitucionalidad, las cuales fueron desechadas por improcedentes y que tenían que ver con casos idénticos al que ahora se planteaba, por lo que consideró que el criterio utilizado en aquel entonces no debía cambiarse ahora. Sin embargo, ahora lo tildan de “traidor”.
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Imagen tomada de la transmisión de la sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Iván Aldama Garnica

En la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) les faltó un voto para admitir las acciones de inconstitucionalidad contra la reforma al Poder Judicial, aprobada y publicada en septiembre pasado.

La propuesta del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá planteaba que la Suprema Corte analizara dicha reforma, ya establecida en la Constitución, luego de que los partidos PRI, PAN y Movimiento Ciudadano promovieran acciones de inconstitucionalidad.

“Se propone reconocer que las demandas provenientes de los partidos Acción Nacional, PRI y Movimiento Ciudadano fueron interpuestas por partes legitimadas y se colman los requisitos formales y materiales en este aspecto”.

El ministro Alberto Pérez Dayán recordó que la Corte ya había resuelto las acciones de inconstitucionalidad 15/2016 y 1017/2016, las cuales fueron desechadas por improcedentes.

Desde su punto de vista, esos casos de acciones de inconstitucionalidad son idénticos al que ahora se planteaba y consideró que el criterio utilizado en aquel entonces no debía cambiarse ahora.

“Difiero con el proyecto en análisis en aquella parte en que propone abandonar un criterio de este alto tribunal a través de una nueva reflexión para justificar de ese modo la procedencia de este medio de defensa precisamente contra el texto de la Constitución misma, considerándola como una norma general de naturaleza electoral, esto es como una ley derivada de la misma, para mí, ello no es así”.

Pérez Dayán citó la resolución de esos casos de 2016: “Se evidencia que la acción de inconstitucionalidad no es la vía idónea para ejercer el control de la regularidad constitucional del contenido de las reformas de la Constitución federal, incluidos desde luego sus disposiciones transitorias al formar parte de ellas, pues la propia norma fundamental, al establecer dicho medio de control, no contempló la posibilidad de que esta Suprema Corte de Justicia de la Nación pueda ejercerlo sobre el procedimiento de reforma previsto en el artículo 135 constitucional ni mucho menos que pueda hacerlo respecto de la constitucionalidad del contenido de tales reformas”.

La posición en contra, de Pérez Dayán, se sumaba a las de otras tres ministras: Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf y Lenia Batres Guadarrama.

De esta manera, en el pleno de las 11 ministras y ministros de la Corte no se contaba con los votos necesarios para resolver y declarar inválidos diversos conceptos de la reforma judicial, ya plasmada en la Constitución.

La discusión se llevó 5 horas y la ministra presidenta, Norma Lucía Piña Hernández, planteó que el caso se resolviera tomando en cuenta 6 votos y no los 8 necesarios.

“Como tal la validez necesita seis votos, lo que necesita invalidez, la votación para invalidez son ocho votos, si gustan regresamos, vamos a hacer un receso porque yo creo que estamos cansados de esta muy interesante discusión y regresaríamos para ver si la votación o si nada más con relación a la validez que son seis votos”.

Al reanudar la sesión y someterla a votación, su propuesta fue rechazada por 6 votos.

Así, al no contarse con la votación calificada de ocho votos necesaria para invalidar diversos conceptos de la reforma judicial, ya en la Constitución, fue resuelto desestimar las impugnaciones.

La presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, consideró que lo intentando en la Corte fue una “pirueta inconstitucional”.

“Entonces la ministra presidenta dice: ‘No son ocho votos los que se necesitan, son seis’, porque en la nueva Constitución o la nueva redacción de la Constitución, que ellos están impugnando, dice que seis, bueno, pero son seis cuando son nueve ministros, no seis cuando son once, o sea, era darle una vuelta así, pero una pirueta inconstitucional”.

Tras la resolución de la Corte, algunas personas consideraron que el ministro Pérez Dayán es un “traidor”, como el dirigente nacional del PRI, Alejandro Moreno Cárdenas, y otros personajes como Mariana Gómez del Campo.

“Un traidor al pueblo de México que tiró su nombre en el basurero de la historia”, difundió Moreno Cárdenas, “Alito”.

Afuera de la Corte, había personas manifestándose, algunas de las cuales tacharon y marcaron fotografías de su cara.

“Que salga el traidor, que salga el traidor, que salga el traidor”, gritaban.