Entre críticas, Senado aprueba reforma a la Ley de Amparo y una polémica cláusula retroactiva

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La presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, rechazó el agregado que hicieron en el Senado, relacionado con la retroactividad: “Hay que respetar la Constitución, la Constitución establece claramente que no debe haber retroactividad en las leyes”.
México: Entre críticas, Senado aprueba reforma a la Ley de Amparo y una polémica cláusula retroactiva
Imagen tomada de la transmisión oficial del Senado de México.

Redacción

El Pleno del Senado avaló el dictamen que reforma la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y lo remitió a la Cámara de Diputados para su siguiente trámite legislativo.

La sesión quedó marcada por debates en lo general y en lo particular y por reservas presentadas por senadores de diversas bancadas debido a que la aprobación incorpora varias enmiendas que modificaron la propuesta original.

Según el comunicado oficial de la Cámara Alta, el dictamen obtuvo el respaldo de la mayoría oficialista (Morena, Partido del Trabajo y Partido Verde) con una votación de 76 a favor y 39 en contra, en lo general, y 70 votos a favor y 39 en contra, en lo particular.

La inclusión, a última hora, de una disposición transitoria que ordena que los juicios ya en trámite se rijan por las nuevas reglas, despertó la mayor controversia, pues varios analistas señalaron que la retroactividad podría afectar garantías procesales y permitir que actos hoy impugnados se resuelvan con el nuevo marco.

Advirtieron que si el artículo transitorio que dispone la aplicación de las nuevas reglas a asuntos en trámite se mantiene, los efectos serán inmediatos y afectarán amparos abiertos; si se deja sin efecto en la Cámara de Diputados o es objeto de controversia constitucional, podría revertirse o matizarse en los tribunales.

El bloque oficialista defendió el paquete argumentando que la reforma no vulnera derechos adquiridos, sino que busca modernizar y agilizar el sistema de amparo para evitar usos dilatorios por parte de deudores fiscales y actores económicos, y señaló que la norma protege al interés público y la recaudación federal.

Sin embargo, la propia presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, rechazó el agregado que hicieron en el Senado, relacionado con la retroactividad.

“Nosotros enviamos una iniciativa que no tenía este agregado que le hicieron en el Senado, primero, hay que respetar la Constitución, la Constitución establece claramente que no debe haber retroactividad en las leyes”.

La mandataria consideró innecesario que añadieran ese transitorio.

Otros funcionarios del Poder Ejecutivo Federal, como el exministro Arturo Zaldívar y la consejera jurídica Ernestina Godoy, afirmaron que la reforma pretende hacer más eficiente el acceso a la justicia y evitar que recursos sean utilizados para evadir obligaciones —como en el caso de Ricardo Salinas Pliego, a quien el gobierno acusa de deber al fisco—; sin embargo, esas defensas no han neutralizado las críticas técnicas.

Zaldívar, que es coordinador general de Política y Gobierno en el gabinete de la presidenta, ratificó que la Constitución establece tajantemente que “a ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna”, es decir que las leyes tienen efectos hacia futuro, no hacia el pasado.

“Si alguien tiene un derecho emanado de un contrato, no se puede desconocer con una ley posterior; si alguien realiza una actividad hoy, que es lícita, y mañana esa actividad es considerada un delito porque se tipifica como tal, no se le podrá sancionar por lo que realizó antes que ese delito entrara en vigor”, explicó el exministro de la Corte.

El exministro Arturo Zaldívar
Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, coordinador general de Política y Gobierno. Foto: Gobierno de México.

El funcionario agregó que se deberá hacer un análisis sobre cuál fue la intención del legislador al momento de añadir el polémico artículo transitorio, no obstante, sugirió a las y los legisladores hacer adecuaciones al artículo para darle claridad.

Organizaciones de la sociedad civil y centros de investigación jurídico-constitucional alertaron que la restricción al “interés legítimo” puede dejar fuera a organizaciones que defienden derechos colectivos (medio ambiente, consumidores, comunidades), y señalaron que la reforma se apoya en interpretaciones jurisprudenciales antiguas que hoy no son suficientes para limitar la acción de la ciudadanía. 

Abogados constitucionalistas y académicos sostienen además que limitar las suspensiones —mecanismo que preserva derechos ante posibles daños irreversibles— implica un riesgo para la protección de derechos humanos, especialmente en casos de megaproyectos, desalojos o vulneraciones ambientales; por ello pidieron precisión técnica y garantías procesales.

Entre las modificaciones aprobadas aparecen la digitalización de los expedientes y audiencias del juicio de amparo, la redefinición del concepto de “interés legítimo” que limita quién puede promover un amparo, y la imposición de nuevos plazos procesales (por ejemplo, ampliar a 90 días naturales el tiempo para que los jueces dicten sentencia en ciertos amparos).

Otro cambio es la restricción del acceso a la suspensión provisional o definitiva del acto reclamado en casos específicos (mencionados en el dictamen como operaciones vinculadas a delitos graves y ciertos asuntos fiscales y de deuda pública), así como nuevas reglas para garantizar que el amparo no funcione como un mecanismo dilatorio en materia fiscal.

En esta materia se han incorporado medidas para que el juez evalúe garantías económicas (fianzas o cauciones) antes de conferir suspensiones que impidan el cobro de deudas, estrategia que autoridades presentan como herramienta contra la evasión y el uso abusivo de amparos.

La discusión llega ahora a la Cámara de Diputados, donde seguirá el proceso legislativo y el debate público.

En lo inmediato, especialistas y ONGs anunciaron que evaluarán recursos legales y estrategias de incidencia para proteger derechos colectivos y evitar efectos regresivos con esta reforma a la Ley de Amparo.

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