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Castigan en Querétaro las “terapias de conversión”

Castiga Querétaro las terapias de conversión.
Una reforma al Código Penal estatal fija penas de 2 a 6 años de prisión, así como multas de 250 a 2000 veces el valor de la UMA (25 mil 935 pesos a 207 mil 480 pesos, según el valor determinado para este 2023), a quien imparta o financie esos “tratamientos”.
Querétaro castiga las terapias de reconversión
La concentración en la Plaza de Armas de la ciudad de Querétaro, tras la marcha del Orgullo Gay de 2018. Imagen: Archivo Libertad de Palabra.

Iván Aldama Garnica

Querétaro, Qro.- De manera oficial en Querétaro se castigarán las “terapias de conversión”.

Estos tratamientos o intervenciones tienen como finalidad “cambiar” la orientación sexual o identidad de género de las personas, por lo que son considerados, además de fraudulentos, discriminatorios, inhumanos y violatorios de derechos humanos.

En la edición número 70 del periódico oficial La Sombra de Arteaga del viernes 08 de septiembre, fue publicada la reforma al Código Penal para el Estado de Querétaro.

De esta manera fue adicionado el artículo 142 TER, que establece:

“A quien imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamientos, terapias, servicios, esfuerzos o acciones para reprimir el libre desarrollo de la personalidad respecto a la orientación sexual o identidad y expresión de género se le impondrán de dos a seis años de prisión, una multa de 250 a 2000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización y de cincuenta a cien horas de trabajo en favor de la comunidad”.

Si esas prácticas o intervenciones de “conversión” se aplican a niños, niñas, adolescentes o personas que no tengan la capacidad para comprender el significado del hecho o la capacidad de resistir la conducta, “la pena se aumentará en una mitad y se perseguirá de oficio”, se lee en la reforma.

“Cuando por medio de una persona moral se realicen estas prácticas, serán penalmente responsables la o las personas que las autoricen y/o efectúen en nombre de esta”, agregan en el artículo 142 TER del Código Penal estatal.

El congreso queretano había aprobado la reforma a dicho código y a las leyes estatales de Salud, Salud Mental, y de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, desde el pasado 29 de junio.

La reforma busca prohibir y erradicar estas prácticas en la entidad.

En uno de los considerandos del documento publicado por el gobernador Mauricio Kuri González, se lee:

“… esta Sexagésima Legislatura del Estado de Querétaro tiene la obligación de legislar con enfoque antidiscriminatorio para prohibir su práctica y que al menos en el Estado de Querétaro se erradiquen estas prácticas”.

En México el libre desarrollo de la personalidad es considerado un derecho.

La reforma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el periódico oficial del estado de Querétaro, es decir este sábado 09 de septiembre de 2023.