SCJN declina analizar amparo del ‘Fofo’ Márquez para definir criterios sobre tentativa de feminicidio

Con una votación mayoritaria, la SCJN rechazó revisar el amparo presentado por la defensa de ‘Fofo’ Márquez, quien buscaba reclasificar su delito de tentativa de feminicidio a lesiones para disminuir su sentencia de más de 17 años.
México: SCJN declina analizar amparo del Fofo Márquez para definir criterios sobre tentativa de feminicidio
Foto: Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se negó, por mayoría de votos, a conocer el caso del creador de contenido Rodolfo ‘Fofo’ Márquez Alcaraz, condenado a 17 años y medio de prisión por tentativa de feminicidio luego de que golpeara a una mujer en el estacionamiento de un centro comercial de Naucalpan, Estado de México.

Sin entrar en debate y con los únicos votos a favor de las ministras Lenia Batres y Yasmín Esquivel Mossa, el Alto Tribunal rechazó ejercer la facultad de atracción que solicitó el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Estado de México para que definiera los criterios que los juzgadores deben tomar en cuenta para considerar una agresión violenta contra una mujer como feminicidio en grado de tentativa.

Lo anterior derivado de un amparo interpuesto por la defensa del Fofo para reducir la condena que actualmente cumple en el Centro Penitenciario y de Reinserción Social Molino de Flores en Texcoco, y que contempla, además de la privación de su libertad, el pago de 67 mil 313 pesos por daños más 36 mil 400 pesos para el tratamiento psicológico de la víctima.

La defensa del creador de contenido ―famoso por sus videos en los que exhibía una vida de lujos y extravagancias―, ha reportado abusos por parte de los custodios, mismos que han sido cesados, y han recurrido a todas las instancias legales necesarias para reclasificar su delito como lesiones dolosas.

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