Querétaro
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Publican reforma relativa al delito de feminicidio en Querétaro

Código Penal para el Estado de Querétaro Feminicidio
Prevén robustecer el tipo penal, de tal manera que se acredite la razón de género en feminicidios donde se intenten ocultar o desparecer los cadáveres o restos de las víctimas, incluso cuando se abandonen en lugares que no son necesariamente públicos.
Reforma al delito de feminicidio en Querétaro.
Fue reformada una fracción del artículo 126 BIS del Código Penal para el Estado de Querétaro.

Iván Aldama Garnica

El gobernador Mauricio Kuri González publicó una reforma al Código Penal para el Estado de Querétaro, relativa al delito de feminicidio.

Dicho delito fue reconocido en el código penal local desde 2013, en el artículo 126 BIS.

La nueva reforma adiciona elementos a la fracción IV de ese artículo, que señala una de las circunstancias por las cuales se considera que existen razones de género en la privación de la vida de una mujer.

Antes así decía la fracción IV: “El cuerpo de la víctima haya sido expuesto, depositado o arrojado en un lugar público o paraje despoblado o exhibido por cualquier medio”.

Ahora con la reforma fue establecido: “El cuerpo o restos de la víctima hayan sido expuestos, depositados, enterrados o arrojados en un lugar público, paraje despoblado o exhibidos por cualquier medio”.

En uno de los considerandos de la reforma publicada por el mandatario, se señala: “Que se prevé que con esta reforma, se robustezca el tipo penal en la norma local, lo que permitirá acreditar la razón de género en feminicidios donde los cadáveres o restos de las víctimas no sean exhibidos sino por el contrario, se intente ocultarlos o desparecerlos, incluso cuando se abandonan en lugares que no son necesariamente públicos”.

Se trata de una nueva reforma al artículo que castiga el feminicidio en Querétaro, publicada en el número 70 del periódico oficial La Sombra de Arteaga.

En 2022, entre otros puntos, incrementaron la pena mínima de 20 a 25 años prisión, así como la multa económica.

Sin embargo, en los considerandos de la nueva reforma se reconoce:

“… está comprobado que en muchas ocasiones, el incremento de las penas no ocasiona una reducción en la realización del delito. Penas más altas no reducen la criminalidad, ni propician que los individuos dejen de hacerla, a menos de que exista una alta probabilidad de ser castigados con dicha sanción”.

Hasta julio de este año, en el estado de Querétaro, de acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, habían sido registrados 7 feminicidios (1 en enero, 2 en marzo, 2 en mayo y 2 en julio), así como 13 asesinatos de mujeres.