En Pocas Palabras
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Contra el outsourcing, nueva iniciativa para el Congreso

Foto: Archivo Libertad de Palabra.

Teresa E. Hernández-Bolaños

Aún no superamos el debate sobre la eliminación de 109 fideicomisos, cuando el Presidente de la República ya anunció un posible debate respecto al outsourcing[1] (figura legal del régimen de subcontratación laboral). El pasado martes 27 el Presidente de la República Andrés Manuel López Obrador señaló que enviaría una iniciativa de ley para la desaparición de este mecanismo (el outsourcing), como lo hizo con los fideicomisos. ¿Qué debemos esperar de esta iniciativa?, ¿Por qué eliminar la subcontratación (outsourcing) en México? Definitivamente, la posible desaparición del régimen de subcontratación dará mucho de qué hablar, tocará intereses empresariales, tanto de los contratistas como de los contratantes, así como de quienes impusieron y avalaron la figura legal, en el marco de las reformas estructurales de tercera generación, en la que se incluyó la reforma laboral.  En ese sentido, como los fideicomisos, moverá muchas aguas políticas de la oposición, cuyos gobiernos en turno impusieron la reforma laboral y con ella las reformas y adiciones a la Ley Federal del Trabajo en 2012 y  a la Ley del Seguro Social en 2009, en materia de subcontratación.

Por otro lado, hablar de desaparición podría parecer un tanto radical, dependerá de que tanto contratistas como contratantes puedan demostrar el buen funcionamiento de los servicios contratados, sin perjuicio de los trabajadores y sin opacidad en el incumplimiento de sus deberes tanto fiscales como de cuotas patronales. La cierto es que, a partir de las adiciones a la Ley Federal del Trabajo de los artículos 15A hasta 15D, sobre subcontratación, proliferaron decenas de empresas no fiscalizadas que ofrecen servicios de  outsourcing fraudulentos o que incumplen con la ley para con los trabajadores contratados, y por otro lado,  las empresas contratantes se desvinculan de sus responsabilidades como patronos, como lo marca la ley, de tal suerte que los trabajadores quedan en total indefensión.

En este sentido, la realidad es que muchas empresas han pasado a gran parte de su personal (no eventual) al régimen de subcontratación, han evadido y eludido responsabilidades en materia de pago de impuestos, derechos laborales y seguridad social como lo marca el artículo 15 de la Ley del Seguro Social, de ahí que desde marzo de este año en la cámara de diputados ya se evaluaba y trabajaba en un dictamen de reforma en materia de outsourcing, derivados de evaluaciones previas desde julio del 2019 y febrero de 2020, en el la que se presentaría una iniciativa para reformar la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social en materia de subcontratación, que también revisó y dictaminó la cámara de senadores y en la que también se involucró una comisión de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, pero que no logró destrabarse, con el objetivo de regular el  outsourcing en México.

Hoy el jefe del ejecutivo ya no habla de reformas sino de eliminación, veremos cómo se presentan los contrapesos políticos de la iniciativa y en qué términos se aprueba o desaprueba. Finalmente el outsourcing no es nada nuevo en el mundo empresarial global, desde la década de los 70´s  las transferencias de procedimientos de las empresas de países desarrollados a países en desarrollo ha sido una constaste y si bien se implantó en el mundo para reducir costos obteniendo mano de obra más barata, los balances a décadas de su uso no son favorecedoras para los trabajadores, pues las condiciones de contratación no incluyen muchos derechos laborales; también ha impactado en el aumento del desempleo en los países de origen de las empresas, como lo documenta la OIT. Las empresas prefieren trasladar miles de empleos a países de menor costo que emplear a trabajadores de su propia nación, cumpliendo sus responsabilidades patronales.

[1] La palabra outsourcing es un anglicismo que se puede traducir con los términos de subcontratación, externalización o tercerización, en su sentido literal significa fuente externa, lo que quiere decir en el mundo empresarial, que una empresa contrata a otra empresa externa para que se haga cargo de parte de sus actividades, por lo que se puede subcontratar en áreas de informática, recursos humanos, contabilidad o administración, soporte técnico o gestión de llamadas telefónicas, entre otras.