La Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso local, aprobó unánimemente la “Ley Valeria”, que convierte el acecho o stalking en un delito formal en el estado.

Redacción
Querétaro, Qro.- La Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la LXI Legislatura del estado de Querétaro, aprobó por unanimidad la llamada “Ley Valeria”, que incorpora el delito de acecho en el Código Penal estatal y en la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de reforzar la protección legal frente a casos de acoso persistente que antes quedaban impunes.
El delito de acecho está definido como: “Al que por cualquier medio siga, vigile o se comunique de forma persistente y reiterada, en al menos dos ocasiones, con alguna persona en contra de su voluntad, y atente contra su seguridad, libertad o intimidad de modo que menoscabe, restrinja, limite o altere su estilo de vida o que, en razón de ello, se limite su libertad de actuar o tomar decisiones por miedo, temor o angustia de sufrir un daño en su persona, familia o patrimonio”.
Las sanciones en la iniciativa son proporcionales: de 6 meses a 2 años de prisión y multas equivalentes a 500 veces el valor diario de la UMA, así como de mil a dos mil veces la UMA como reparación del daño, lo que podría implicar más de 226 mil pesos.
También se contemplan agravantes como armas usadas, reincidencia, agresiones en entornos laborales o por personas servidoras públicas.
El asedio ya está contemplado en el delito de acoso sexual, tipificado en el artículo 167 Bis del Código Penal estatal, aunque esta conducta no especifica las acciones que lo constituyen, solo sus fines:
“Comete el delito de acoso sexual la persona que, con fines sexuales para sí o para un tercero, asedie a otra o le solicite favores de naturaleza sexual (…)”.
La pena estipulada para el delito de acoso es de 3 a 5 años de prisión y de 100 a 600 días multa, es decir, hasta $67,884 pesos.
Asimismo, el asedio está contemplado en el artículo 167 Ter el delito de hostigamiento sexual:
“Comete el delito de hostigamiento sexual la persona que con fines sexuales para sí o para un tercero, asedie a cualquier persona, o solicite favores de naturaleza sexual valiéndose de su posición jerárquica, sus relaciones laborales, docentes, religiosas, domésticas, o cualquier otra que implique subordinación de la víctima, al responsable se le impondrá pena de 4 a 8 años de prisión y de 200 a 800 días multa” (hasta $90,512 pesos)”.
La legisladora Laura Andrea Tovar Saavedra informó que la “Ley Valeria” surge por el acoso recibido de una maestra por parte de su alumno, quien la hostigó, acechó e invadió su privacidad, generando una violencia psicológica que no tenía consecuencias, aun cuando el hecho fue denunciado ante la fiscalía, por lo que fue necesario considerarlo un delito.
Las personas diputadas promotoras de la ley, subrayaron que muchas víctimas de acecho no podían denunciar porque sus casos no se consideraban delitos. La diputada Teresa Calzada Rovirosa destacó que el 70 % de los feminicidios en México se originan con conductas de acecho, por lo que establecer pena para esta conducta es una “deuda histórica” en la protección de las mujeres.
Por su parte, el diputado Enrique Correa Sada indicó que esta es la primera iniciativa que firman los 25 legisladores en conjunto, sin importar colores e ideologías, por lo que puede ser el primer paso de muchos para dejar de lado los temas políticos y concentrarse en lo que ayuda, resuelve, atiende y mejora la vida de las personas en la entidad.
A la sesión de trabajo de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia acudieron las diputadas Laura Andrea Tovar Saavedra, Juliana Rosario Hernández Quintanar, Leonor Mejía Barraza, Teresa Calzada Rovirosa, Luis Gerardo Ángeles Herrera y Arturo Maximiliano García Pérez.
El avance normativo representa un paso significativo en la seguridad jurídica, destacaron las personas legisladoras.
Tras la aprobación en comisión, el dictamen fue turnado al pleno del Congreso del Estado para su discusión y voto, y posteriormente pasará a la oficina del Ejecutivo para su promulgación e implementación.



