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Establecen pago de $145 en traslado de dominio y predial para asentamientos en regularización

Ayuntamiento de Corregidora, Querétaro.
Consulta aquí los requisitos que las personas propietarias deben cumplir para poder acceder a estos beneficios fiscales.
Roberto Sosa Pichardo, Corregidora, Querétaro.
El Ayuntamiento aprobó el acuerdo. Foto: Gobierno del Municipio de Corregidora.

Redacción

Corregidora, Qro.- El Ayuntamiento de Corregidora aprobó dos acuerdos para la aplicación de beneficios fiscales a las personas que habiten en asentamientos humanos, en proceso de regularización, tanto en el pago del impuesto de traslado de dominio como en el del impuesto predial.

El beneficio aplica durante el actual ejercicio fiscal 2024.

Según informó el gobierno del municipio de Corregidora, fue establecido un pago de 145 pesos, sin recargos, por el impuesto de traslado de dominio para las personas que hayan adquirido algún predio ubicado en un asentamiento humano, que ya esté en proceso de regularización.

Las personas que quieran acceder al beneficio, tienen que acreditar la legítima propiedad del predio.

El trámite debe ser solicitado por la persona propietaria del predio o por su representante legal, debidamente acreditado.

El gobierno municipal de Corregidora detalló que para poder acceder al beneficio fiscal en el pago del traslado de dominio, es necesario cumplir con los siguientes requisitos.

En caso de estar en proceso de regularización con el Instituto Nacional del Suelo Sustentable (Insus), antes Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (Corett):

  • Oficio de solicitud de aplicación del beneficio por parte de la instancia substanciadora de la regularización o de la persona propietaria.

  • Copia de la solicitud de regularización emitida por Insus a favor de la persona propietaria del predio.

  • Copia del Impuesto predial al corriente.

  • Copia de la credencial de elector de la persona propietaria del predio.

  • Acuerdo de cabildo aprobado por el Ayuntamiento del Municipio de Corregidora, en el que se autoriza el beneficio fiscal del Impuesto de Traslado de Dominio.

Para los asentamientos que se encuentran en proceso de regularización con el Instituto de la Vivienda (IVEQ) y la Secretaría de Desarrollo Social de Querétaro (Sedesoq), se deberá presentar:

  • Oficio de solicitud de aplicación.

  • Copia de Escritura Pública emitida a favor de la persona propietaria del predio.

  • Copia de la credencial de elector de la persona propietaria del predio.

  • Acuerdo de cabildo aprobado por el Ayuntamiento en el que se autoriza el beneficio fiscal del Impuesto de Traslado de Dominio.

Para el caso del impuesto predial, según informó el gobierno del municipio de Corregidora en su boletín de prensa número B-009, el acuerdo establece que las personas propietarias, que acrediten la individualización de lotes para la emisión del documento que garantice la legítima propiedad de su predio ubicado en un asentamiento humano en proceso de regularización, causarán y pagarán 145 pesos por cada ejercicio fiscal pendiente de pago.

En este caso, del impuesto predial, acotan que el beneficio aplicará “siempre y cuando se trate del primer registro al padrón catastral, por única ocasión, sin multas y recargos y cuando sea solicitado por el propietario o su representante legal debidamente acreditado”.

El gobierno prevé que habitantes de un total de 47 asentamientos humanos en proceso de regularización, en el municipio de Corregidora, accedan a los beneficios derivados de estos acuerdos.

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