La empresa relacionada con el magnate Ricardo Salinas Pliego se había inconformado por una multa que le impuso el SAT.

Iván Aldama Garnica
Seis días después de resolver que el Grupo Salinas debe pagar 48 mil millones de pesos al fisco, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió otro asunto relacionado con una empresa adicional del magnate Ricardo Salinas Pliego.
Se trata de un amparo que promovió Elektra contra una multa de 67 millones 165 mil 827 pesos que le impuso el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en 2018.
Al abordar el asunto en la sesión de la Corte, el miércoles 19 de noviembre, la ministra ponente, Lenia Batres Guadarrama, expuso que el SAT había detectado que Elektra declaró en 2012 una pérdida fiscal mayor a la que realmente sufrió.
“Este asunto derivó de una multa que se impuso por el incumplimiento de una obligación prevista en la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente en 2012, a cargo de la sociedad controlada, de modo que aceptar que la autoridad fiscal no pueda iniciar sus facultades de comprobación respecto de esta, llevaría a desconocer el contenido de esta misma ley, pues abriría la posibilidad de que el cumplimiento de los deberes mencionados no pudiera ser revisado directamente ante la sociedad controlada y, por tanto, que no se pudiera sancionar o bien, que ante el incumplimiento de deberes fiscales por parte de esta se sancionara a la sociedad controladora, es decir, sancionara a una persona moral que no incurrió en la infracción, lo cual resultaría jurídicamente inaceptable”, fue parte de la intervención de la ministra.
Batres Guadarrama propuso revocar la sentencia de un tribunal colegiado a favor de Elektra contra dicha multa y devolver el asunto para que emita una nueva resolución.
Cabe señalar que la ministra Batres estaba impedida de presentar el asunto –derivado de un recurso promovido por Elektra, al argumentar que la funcionaria de justicia mantenía una “enemistad manifiesta” con el magnate Ricardo Salinas Pliego–, lo cual fue rechazado por sus colegas de la Corte.
La propuesta no tuvo el respaldo de todas las personas ministras, pero fue aprobado con 6 votos a favor, incluido el del presidente de la Corte (Hugo Aguilar Ortiz, Sara Irene Herrerías Guerra, María Estela Ríos González, Lenia Batres Guadarrama, Giovanni Azael Figueroa Medina y Arístides Rodrigo Guerrero García).
Quienes se apartaron, debatieron sobre si estaban ante un asunto de legalidad o de constitucionalidad.
“A mi juicio, en los planteamientos formulados por la autoridad recurrente no subsiste una cuestión propiamente de constitucionalidad, por lo que no se cumplen los requisitos previstos en el artículo 107, fracción IX, de la Constitución (…) No somos la autoridad que debemos de atender este asunto, sino es el (tribunal) colegiado y debe de subsistir la sentencia (de amparo)”, consideró la ministra Loretta Ortiz Ahlf.
La ministra María Estela Ríos González contestó: “Hablar de legalidad o constitucionalidad puede prestarse a confusión, pero lo cierto es que todos y cada uno de los mexicanos y aún los extranjeros están obligados a hacer sus contribuciones y, en ese sentido, sí es un tema de constitucionalidad todos los temas fiscales”.
En la sesión de la Corte estaba prevista la discusión de otro asunto que involucra a empresas del magnate Salinas Pliego, por un monto de más de 600 millones de pesos, pero determinaron aplazarlo.



