Los perros entrenados por la Cruz Roja fueron envenenados con salchichas, pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación ratificó la sentencia de un tribunal federal en Querétaro que había anulado la condena y el pago de la multa del responsable.

Redacción
El asesino de los perros rescatistas, Vicente Patiño Albarrán, podría dejar la prisión tras el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que dejó firme la sentencia del Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Estado de Querétaro.
El Pleno de la SCJN, sin discusión, aprobó unánimemente el proyecto del ministro, Irvirng Espinosa Betanzo, que desechó el amparo directo en revisión 7933/2025 interpuesto por paramédico, Edgar Martínez Olguín, al concluir que no actualizaba una cuestión constitucional sobre la que debía pronunciarse la Corte.
Con este fallo quedó firme la sentencia del tribunal colegiado que anuló la condena de 10 años y seis meses de prisión contra Patiño Albarrán y el pago de más de dos millones 300 mil pesos como forma de indemnización. En su lugar, ordenó dictar un nuevo fallo con una pena menor que puede ir de los tres a los cinco años de prisión, pero dio la posibilidad de evaluar si puede acceder a alternativas a la cárcel, como dar un pago de 10 mil pesos, con lo que quedaría libre.
Patiño Albarrán envenenó con salchichas contaminadas a los perros Athos, Tango y Balam, entrenados para labores de rescate por la Cruz Roja Mexicana, lo que provocó la muerte de los dos primeros y el tercero sufrió lesiones graves, en junio de 2021.
El Tribunal Colegiado de Querétaro consideró que los montos fijados para la reparación del daño por el valor de los perros (Athos equivalía a dos millones 145 mil 479 pesos, mientras que Tango era de 223 mil 548 pesos), no estaban debidamente justificados y ordenó que los montos se calculen nuevamente en la etapa de ejecución de sentencia bajo parámetros más estrictos de costo comercial y entrenamiento.
El caso pasó por varios recursos legales. En febrero de 2024, un tribunal concedió un amparo que reducía la pena al considerar que la agravante “métodos crueles” era inconstitucional, pero en octubre de ese mismo año la extinta Primera Sala de la Suprema Corte determinó que dicha agravante sí era válida.
En octubre de 2025, se emitió una nueva resolución que mantuvo la condena, pero ordenó recalcular la reparación del daño, y finalmente, en diciembre de 2025, el dueño de los perros impugnó nuevamente ante la Corte por desacuerdos con la pena y el monto fijado.



