La SCJN abre el debate sobre el reconocimiento de las abejas como sujetos de derechos. El caso, derivado de una omisión de la Semarnat, busca implementar medidas contra las fumigaciones y proteger la biodiversidad en comunidades indígenas.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) prevé analizar si las abejas deben ser consideradas sujetos de derechos, debido a los beneficios que aporta la polinización y la crisis ecológica que podría representar su extinción.
El análisis deriva del amparo en revisión 790/2025, promovido por comunidades mayas del municipio de Hopelchén, Campeche, contra la omisión de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) de aplicar una política ambiental que proteja a las abejas y garantice su sustentabilidad ambiental para prevenir su muerte.
A solicitud de los ministros Hugo Aguilar Ortiz e Irving Espinoza Betenazo, la mayoría de los ministros de la SCJN, con excepción de la ministra María Estela Ríos González, aprobaron ejercer la facultad de atracción para que las comunidades indígenas pueden ejercer formas propias de protección territorial, bajo la figura de ‘guardianía de los ecosistemas’.
El ministro Arístides Guerrero García se adhirió a la solicitud pues “permitiría a esta Suprema Corte sentar un criterio que reconozca a la abeja melipona ―estrechamente vinculada a la identidad económica y cultural de las comunidades mayas del municipio Hopelchén― como sujeto de derecho o elemento jurídico de protección mediante la protección integral de los pueblos indígenas que han mantenido una relación histórica con esta especie”.
Abundó que este caso les permitiría llevar a cabo una interpretación del artículo 2° Constitucional, en conjunción con el artículo 4°, y la actualización de normas oficiales mexicanas, como la NOM 052, “para abordar las fumigaciones aéreas, ya sea a través de drones o de avionetas”.
Con esto, podría considerarse a la abeja como polinizadora y ser integrada en el Catálogo de Especies en Peligro de Extinción y reconocer el trabajo y “pago de los apicultores por el cuidado y apoyo de ese proceso natural”.
El ministro Irving Espinoza explicó que este caso les permitirá “estudiar la relación ancestral de la comunidad maya con las abejas, si las comunidades indígenas pueden ser guardianas de la naturaleza y con ello acudir a juicio en su nombre y representación”.
Espinoza Betanzo detalló que este asunto permite a este Alto Tribunal “abordar interrogantes propias del derecho al medio ambiente desde una visión ecocéntrica”, cuando su doctrina jurisprudencial “se ha centrado principalmente en una visión antropocéntrica”.
Asimismo, el ministro Giovanni Figueroa Mejía apoyó la solicitud al considerar que el asunto “tiene relevancia constitucional al trascender el interés individual y plantear la protección de los derechos colectivos y el equilibrio ecológico nacional”.
Figueroa Mejía recordó los avances de la jurisprudencia nacional en casos como el de la jirafa, Benito, “que demostró la eficacia del juicio de amparo para proteger la vida animal ante comisiones administrativas”.
El presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, afirmó que hizo suyo este planteamiento “porque en fechas recientes se ha reconocido constitucionalmente un concepto muy muy interesante que es el de la bioculturalidad. Sin duda, las abejas tienen o desempeñan una función ecológica fundamental en la región y en la vida del planeta, pero también están ligados indisolublemente con los habitantes de la región, con los habitantes del pueblo maya”.



